Gracias a las modificaciones en la Ley de Mecenazgo, los donativos que realices a Cáritas tienen unas deducciones fiscales más ventajosas.
Está claro que te preocupa lo que les ocurre a otras personas, en especial aquellas que se encuentran en situación de vulnerabilidad o exclusión social. Esta inquietud transforma el pensamiento y la acción de las personas y hace posible mejorar y dignificar la vida de quienes se están quedando atrás. Así, el trabajo de Cáritas Española pudo alcanzar a más de dos millones de personas en nuestro país y más allá de nuestras fronteras solo en 2022.
Aunque esa generosidad nace de un deseo genuino de ayudar, sin esperar nada a cambio, hoy celebramos que ayudar cuesta muy poco, y que las modificaciones en la Ley de Mecenazgo refuerzan las desgravaciones en vigor hasta este año.
A partir de este mes de enero
Desde el 1 de enero de 2024, gracias al RDL 6/2023 (Real Decreto-Ley 6/2023, de 19 de diciembre por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo), los donativos que realices a Cáritas tienen unas deducciones fiscales aun más ventajosas :
Si eres una persona física que hace la declaración de la renta:
- Deduces un 80 % de los primeros 250 euros donados. Es decir, 150 euros. A partir de esa cantidad, deducirás un 40 %.
- Además, si los dos años anteriores donaste al menos la misma cantidad, la deducción sube al 45 %.
Si eres una empresa corresponsable y solidaria, estas son las deducciones en el Impuesto de Sociedades:
- Un 40 % de tus donaciones.
- Si en los dos años anteriores donaste al menos la misma cantidad, sube al 50 %.
Por todo ello, y frente a la situación de inestabilidad actual, es el momento perfecto para que pongas tu grano de arena por una sociedad más justa e igualitaria, que no deje a los más vulnerables atrás. ¡Muchas gracias!